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sábado, 22 de diciembre de 2012

LA REPETICIÓN DE UN GRADO ; UN FENÓMENO RELATIVAMENTE OCULTO EN EL PLAN 2011

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LA REPETICIÓN DE UN GRADO ; UN FENÓMENO RELATIVAMENTE OCULTO EN EL PLAN 2011 DE EDUCACION BÁSICA

                Tradicionalmente al reprobar un alumno el grado o el nivel, este alumno es condenado a repetir nuevamente el grado para asegurar con ello que se adquieren los conocimientos y habilidades esperadas por el evaluador  que en este caso es el docente.

                Actualmente conforme al acuerdo 648 el fenómeno de reprobación tienen la tendencia a desaparecer; el docente habrá de evaluar al alumno empleando un conjunto de instrumentos para la obtención de evidencias del trabajo del alumno (pagina 36 y 37 del plan de estudios 2011. Educación Básica SEP. México 2011). Y aunque el docente es el encargado de la evaluación del aprendizaje de los alumnos; esta información para él ha de servir como un elemento de apoya para su trabajo (que es el logro de aprendizajes de los alumnos) para hacer modificaciones en su práctica y se logren los aprendizajes esperados y los estándares curriculares.

                La evaluación sirve como proceso de aprendizaje; un motor de búsqueda de las necesidades de los alumnos y los procesos de mejora  y desarrollo de competencias con el acompañamiento del docente.

                Para el logro de la certificación del alumno se establecen algunos periodos de evaluación en los cuales se aplicara un examen estandarizado a cargo de una institución responsabilizada por el gobierno federal y la secretaria de educación pública la cual determinara si el alumno cubre los requisitos para certificarse y continuar el proceso formativo en las escuelas correspondientes.

                Los periodos de evaluación de los estándares curriculares son cuatro y van de tres en tres años así tenemos que:

1.       Primer periodo se da en el tercer grado de educación preescolar más o menos entre los cinco a seis años.

2.       El segundo periodo se da en el tercer grado de educación primaria entre la edad de ocho a nueve años.

3.       El tercer periodo se da  en el sexto grado de educación primaria entre los once y doce  años.

4.       El cuarto y final en el tercer grado de secundaria entre los catorce y quince años de edad de los alumnos.

Los estándares curriculares son el referente que de manera externa evalúan a los alumnos. Su característica propuesta es:

  • Que las instituciones de evaluación de cada entidad diseñen los instrumentos de evaluación aplicables en su estado.
  • Que estén en constante perfeccionamiento tanto en lo diagnostico, continuo y lo sumativo.
  • El tipo de evaluación debe darse con sistema tutoría y de acompañamiento del docente, del alumno
  • Que permitan apoyar a quienes presenten rezago en el logro escolar
  • Que permitan apoyar a quienes se encuentren arriba del estándar sugerido.
  • Que el alumno pueda presentar la evaluación en forma independiente conforme a sus necesidades académicas.

                En esa dimensión educativa los alumnos que presentan rezago o quienes se encuentren sobre el estándar tienen 2 opciones:

  1. Presentar la evaluación hasta lograr superar el rezago o sobre pasar el estándar de manera independiente.
  2. Presentar la evaluación hasta lograr superar el rezago o sobre pasar el estándar con el apoyo de un docente, la tutoría de otro alumno; o un profesionista independiente
  3. Que el padre de familia o el mismo alumno decida repetir el grado académico en el que considere que tiene rezago.

A pie de letra se puede leer:

Artículo 3o.- Componentes que debe considerar la evaluación de los aprendizajes: La evaluación de los aprendizajes se basará en la valoración del desempeño de los alumnos en relación con el logro de los aprendizajes esperados y las competencias que éstos favorecen, en congruencia con los programas de estudio de educación preescolar, primaria y secundaria. Asimismo, la evaluación tomará en cuenta las características de pluralidad social, lingüística y cultural, necesidades, intereses, capacidades, estilos y ritmos de aprendizaje de los alumnos.

Los artículos 7,8,9 11,15 dejan entre ver la posibilidad por parte de los padres de presentar un examen independiente en los periodos establecidos.

Artículo 16.- Medidas compensatorias: En el caso de alumnos que en términos del artículo anterior, sean promovidos de grado, sin haber acreditado el total de asignaturas del grado previo, así como para los alumnos no promovidos que deban cursar nuevamente un grado escolar, la Cartilla de Educación Básica deberá incluir las orientaciones sobre los apoyos necesarios para lograr los aprendizajes no alcanzados, que podrán brindar los padres de familia o tutores, y que deberán proporcionar los docentes que reciban a los alumnos en el siguiente ciclo escolar.

Artículos 18 .-Certificado de Educación Básica: Al concluir los estudios del tipo básico, de conformidad con los requisitos establecidos en el plan y los programas de estudio, la autoridad educativa competente expedirá el Certificado de Educación Básica. Este Certificado podrá expedirse en versión impresa o electrónica y deberá sujetarse a los estándares de contenido, diseño y seguridad que al efecto establezca la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal en las normas de control escolar aplicables.

Artículo 20.- Innovaciones locales: Previo registro ante la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal, las autoridades educativas locales, podrán adaptar lo previsto en el presente Acuerdo a los contextos locales y desarrollar proyectos de innovación en materia de evaluación, acreditación, promoción y certificación, en tanto ello no afecte el tránsito nacional e internacional de educandos ni el carácter nacional de la educación básica

 the corzo

 

BIBLIOGRAFIA

http://www.slideshare.net/ticsecundaria/acuerdo-648-sep#btnNext

http://www.dof.gob.mx/nota_detalle_popup.php?codigo=5264634.

PALNA DE ESTUDIOS 2011 EDUCACION BASICA, SEP MEXICO 2011

 

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